Evasión de impuestos en Paraguay: ¿cuándo un incumplimiento puede ser delito?

 

No toda diferencia tributaria constituye automáticamente un delito. Para valorar una posible evasión deben examinarse la conducta concreta, la información disponible, la documentación, la intervención de cada persona y el elemento subjetivo exigido por la ley.

La revisión práctica debería incluir:

  1. declaraciones y registros contables;
  2. operaciones que originaron la obligación;
  3. comunicaciones y autorizaciones internas;
  4. asesoramiento recibido;
  5. correcciones, pagos o regularizaciones realizadas;
  6. la conducta individual de administradores y responsables.

La calificación penal no puede deducirse únicamente de una deuda o de una observación administrativa. Requiere contrastar el Código Penal con la legislación tributaria vigente y con la prueba del caso.

Este artículo desarrolla el titular histórico de la v1 sobre el aspecto subjetivo de la evasión de impuestos. Información general; no constituye asesoramiento jurídico.

Fuente oficial: Código Penal, Ley N.º 1160/1997.