Prevención de lavado: por qué la debida diligencia no es solo un trámite

 

Para los sujetos obligados, la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo no se agota en completar un formulario de identificación.

El enfoque práctico exige:

  • identificar al cliente y, cuando corresponda, al beneficiario final;
  • conocer el propósito y la naturaleza de la relación;
  • examinar operaciones complejas, inusuales o sin propósito económico aparente;
  • conservar registros y actualizar la información;
  • escalar internamente las señales de alerta y reportar cuando corresponda.

SEPRELAD explica que las obligaciones alcanzan a distintos sectores y que las políticas internas deben ajustarse al riesgo. Para una empresa, el primer paso es determinar si está alcanzada y luego asignar responsables, procedimientos y evidencia de cumplimiento.

Información general; no constituye asesoramiento jurídico.
Fuente oficial: SEPRELAD, Preguntas frecuentes.